Libertad de prensa en Venezuela

Por: Liscano, TomásTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Caracas, Venezuela Iveca Descripción: 175Tema(s): Comunicación | Legislación | Derecho a la Información | Aspecto Jurídico | -- VenezuelaResumen: Estudio crítico que analiza la influencia de la legislación sobre comunicación en el ejercicio de la profesión periodística. Indica 67 fuentes. El periodismo venezolano requiere una buena Ley de Prensa que garantice los derechos individuales, tanto del comunicador como de los miembros de la sociedad en la cual ejerce. La libertad de prensa debe ser reconocida y acatada por la Constitución, porque este derecho forma parte del patrimonio humano: es un derecho natural del hombre. La libertad de prensa no es derecho de agresión ni prerrogativa de impunidad, pero el legislador debe ser extremoso en no obstaculizar la libre emisión del pensamiento hasta tanto el delito de prensa no haya quedad firmemente comprobado en justicia. Revisa la evolución histórico-jurídica que ha tenido la libertad de expresión en Venezuela y expone los diferentes textos que han regulado su presencia en el gremio periodístico. También cita la legislación predominante en algunos períodos de la vida nacional y establece comparaciones entre varios gobernantes y el sistema legal implantado para reglamentar el periodismo. Contrariamente a la tesis de libertad irrestricta de la prensa, la mayoría de los autores abundan en el criterio de su limitación dentro de las legales fronteras de la adaptación social. La prensa desempeña en la sociedad una apostólica misión de docencia y para enseñar, el periodista no debe tener necesidad de recurrir al lenguaje de la calumnia, la difamación o la injuria, sino ajustarse a la legislación para hacer valer sus derechos con propiedad.
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Estudio crítico que analiza la influencia de la legislación sobre comunicación en el ejercicio de la profesión periodística. Indica 67 fuentes. El periodismo venezolano requiere una buena Ley de Prensa que garantice los derechos individuales, tanto del comunicador como de los miembros de la sociedad en la cual ejerce. La libertad de prensa debe ser reconocida y acatada por la Constitución, porque este derecho forma parte del patrimonio humano: es un derecho natural del hombre. La libertad de prensa no es derecho de agresión ni prerrogativa de impunidad, pero el legislador debe ser extremoso en no obstaculizar la libre emisión del pensamiento hasta tanto el delito de prensa no haya quedad firmemente comprobado en justicia. Revisa la evolución histórico-jurídica que ha tenido la libertad de expresión en Venezuela y expone los diferentes textos que han regulado su presencia en el gremio periodístico. También cita la legislación predominante en algunos períodos de la vida nacional y establece comparaciones entre varios gobernantes y el sistema legal implantado para reglamentar el periodismo. Contrariamente a la tesis de libertad irrestricta de la prensa, la mayoría de los autores abundan en el criterio de su limitación dentro de las legales fronteras de la adaptación social. La prensa desempeña en la sociedad una apostólica misión de docencia y para enseñar, el periodista no debe tener necesidad de recurrir al lenguaje de la calumnia, la difamación o la injuria, sino ajustarse a la legislación para hacer valer sus derechos con propiedad.

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